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CIUDADANOS POR LA INNOVACION DE GUINEA ECUATORIAL

DENUNCIA DEL PARTIDO POLITICO CIUDADANOS POR LA INNOVACION DE GUINEA ECUATORIAL (C.I.), CONTRA EL GOBIERNO DE GUINEA ECUATORIAL Y SU PARTIDO, EL PARTIDO DEMOCRATICO DE GUINEA ECUATORIAL (PDGE), ANTE LA COMUNIDAD INTERNACIONAL.


Una vez más, este partido político Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), vuelve a salir al paso para efectuar esta DENUNCIA PÚBLICA, contra el Gobierno de Guinea Ecuatorial y partido político PDGE, de estirpes tiránicas y oprobiosas, que cometen execrables violaciones de derechos humanos por su extremado abuso de poder, denuncia que dirigimos a los Gobiernos de: Estados Unidos de América, España, Francia, Portugal, Alemania, Canadá; Bélgica, República Sudafricana, República Federal de Nigeria, Republica de Ghana, República Federal de Etiopia, etc., a la Organización Supranacional la ONU (Consejo de Seguridad y Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos); Organizaciones Regionales, Unión Europea con sus instituciones (Comisión y Parlamento); la Unión Africana con sus instituciones (Comisión, Parlamento, la Federación de Derechos Humanos FIDH, el Consejo de Paz y Seguridad); CPLP, ACP; Organizaciones Subregionales CEEAC, CEMAC; Organizaciones financieras: Banco Mundial, Fondo Monetario Internacional, Banco Africano de Desarrollo, así como, las Organizaciones Defensoras de los Derechos Humanos, Amnistía Internacional, Human Reight What, y todos los medios de comunicación internacionales EFE, TVE, BBC, The New York Times, Euronews, RFI, France Presse, Terra, La Vanguardia, El País, ABC, La Razón, El Heraldo de Aragón, África 24, África News, France 24, Los motivos por los que denunciamos a este régimen tiránico son los siguientes: violación de la Constitución, de las leyes y decretos que promulga, violación de la legalidad internacional de los derechos civiles y políticos, violación de los derechos humanos fundamentales de las personas, acciones que se vienen llevando acabo sistemáticamente contra los militantes, directivos y cargos electos de este partido político C.I., cuyos hechos se han desarrollado como sigue:  


Primero: Que, en el año 2014, el Gobierno autócrata de Guinea Ecuatorial, que encabeza Teodoro Obiang Nguema Mbasogo, por presión internacional, sancionó un decreto de Amnistía General en Guinea Ecuatorial, número 127 de 2014, de fecha 21 de Octubre, el cual, permitía que los Líderes políticos del exilio con sus partidos, podían retornar al país y asistir a la quinta Mesa de Diálogo Político Nacional, para debatir los asuntos políticos del país, reformar las leyes del ordenamiento político nacional, a fin de normalizar la situación política del país; muchos partidos políticos del exilio y sus líderes, con todas las razones del mundo, tacharon de mentiroso al régimen dictatorial de Teodoro Obiang Nguema Mbasogo, por no respetar sus propias leyes y firma, por cuyo motivo no aceptaron retornar al país. Sin embargo, el Líder Nacional de C.I., D. Gabriel Nsé Obiang Obono, en un intento de ofrecer margen de dudas al Presidente dictador Obiang Nguema, acudió a dicha cita y evento político nacional, con los riesgos que todo el mundo predecía y que ellos no fallaron, por eso: una vez en Malabo, pasaron las siguientes cosas:


<!--[if !supportLists]-->A)    <!--[endif]-->Se observó una nutrida presencia de miembros de los servicios de la seguridad presidencial armados con sus coches negros, asediar el hotel donde residía el líder opositor D. Gabriel Nsé Obiang Obono, hasta algunos alquilaron habitaciones contiguas a la suya en el hotel, habían expatriados blancos en dicho servicio, con la misión de amedrentar a la población simpatizante para que no le visitara y otras intenciones criminales, hecho que se dio cuenta al Ministerio del Interior y, al principio, dejaron de venir y, posteriormente, volvieron a continuar con sus servicios de vigilancia, hecho que obligó a que se adoptaran las medidas de que los militantes decididos y familiares no dejaran solo al líder opositor para que no se consumara discretamente el magnicidio.


<!--[if !supportLists]-->B)     <!--[endif]-->Sin embargo, el Líder de C.I. con determinación acudió a la Quinta Mesa del Dialogo Nacional, en cuyos debates, el gobierno solo imponía sus criterios, de ahí, hubo ruptura, parte de los partidos políticos abandonaron el diálogo. Tras ese fracaso, el gobierno convocó a los partidos salientes entre estos C.I. para que retornaran a la mesa de dialogo, unas intensas negociaciones en las que C.I. y otros partidos fueron a retomar el dialogo para reformar las leyes y entre estas, la de los partidos políticos para que pudieran ser legalizados.


<!--[if !supportLists]-->C)     <!--[endif]-->Terminado el dialogo político y firmados los acuerdos con el compromiso del Gobierno de permitir la legalización de otros partidos políticos en el país, trabajo que C.I. siendo Candidatura Independiente de Guinea Ecuatorial, inició tan pronto como terminó la Mesa de Dialogo, consiguiendo conformar en tiempo récord el expediente de legalización, pero, al ser sometido al Gobierno, cuyo plazo de legalización se estableció en 30 días, ya no fue así, el Gobierno inició las trabas, primero, demoró 6 meses sin pronunciarse conforme establece la ley de partidos políticos, y cuando se pronunció en el Consejo de Ministros, sacó a la chistera que el partido tenía que cambiar de nombre, cuando el nombre del partido cumplía los requisitos de la Ley Fundamental y la ley de partidos políticos, pues al presentarles la legalidad establecida por ellos mismos,  dijeron que se tenía que hacer de acuerdo a su idiosincrasia (es decir, a su abuso de poder), el cuerpo diplomático insistió y no aceptaron, hasta que meses después el nombre del partido fue sustituido por la actual denominación de Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), tras esa evidencia, el partido C.I. fue legalizado difícilmente hasta con la intervención de la comunidad internacional, a partir de estos hechos, el partido C.I. está llamado a ser destruido en pocos meses, según informaciones del mismo régimen.


Segundo: El partido político C.I., fue legalizado oficialmente mediante Decreto Presidencial el día 25 de noviembre del año 2015, casi un año después, cuando tenían que ser 30 días, los hechos que el régimen y su partido PDGE hicieron en esta segunda fase fueron los siguiente:


<!--[if !supportLists]-->A)    <!--[endif]-->El partido informó al Ministro del Interior su programa para realizar la gira de presentación en todo el país,  dos meses y medio de ser legalizado, hecho que el partido tuvo autorización oficial, pero con trampas para sabotear la gira, por eso, en toda la parte continental, los Delegados del Gobierno de cada distrito de la periferia fueron tendiendo trampas de provocaciones para crear incidencias, pero, al estar el Líder Nacional al frente de la Comitiva de la gira de presentación del partido, muchas de esas trampas fueron abortadas, al fracasar en el interior, una vez la comitiva del partido en la ciudad de Bata para realizar el mitin en esa ciudad, donde pudieron haber estado más de 30 mil personas, ante esa hegemonía del nuevo partido político, el partido gubernamental PDGE no pudo aguantarlo, por tanto, su gobierno mandó al lugar del mitin a un grupo de 5 militares armados y vestidos de paisanos para crear el incidente de pelea con los militantes y simpatizantes del partido que prestaban servicio de seguridad en el lugar del mitin, violando la ley de reunión y manifestación, la cual amparaba al partido político C.I., pese a dicho amparo legal, el Gobierno en connivencia con su partido PDGE, ordenaron la suspensión de la gira de presentación del nuevo partido indefinidamente...., hecho que tuvo lugar el día 28 de febrero del año 2016.


<!--[if !supportLists]-->B)     <!--[endif]-->El partido C.I., a pesar de no haber sido presentado en todo el país, sin embargo, asumió la responsabilidad de presentarse a las elecciones presidenciales que fueron convocadas en el mes de abril del mismo año 2016, presentando como candidato a la Presidencia de la Republica, a su Líder Nacional y Fundador, D. Gabriel Nsé Obiang Obono. El partido gubernamental PDGE y su Gobierno, teniendo en su memoria el reciente éxito del Líder de C.I. en la gira de presentación del partido que abortaron, temieron perder las elecciones presidenciales, para lo cual, vetaron la candidatura a la Presidencia de la República de D. Gabriel Nsé Obiang Obono, alegando la falta de arraigo de haber vivido ininterrumpidamente cinco años en el país, cláusula que pusieron en la constitución para impedir a los procedentes del exilio participar en las elecciones presidenciales. Una condición que jurídicamente debería ser levantada por el Decreto de Amnistía General (borrón y cuenta nueva), pero el gobierno y su partido PDGE, para no perder las elecciones violaron la vigencia del decreto de amnistía general para con D. Gabriel Nsé Obiang Obono aplicándole el arraigo, cuando otros opositores procedentes del exilio y en las mismas condiciones, algunos con nacionalidad extranjera, fueron permitidos participar en dichas elecciones presidenciales, estamos hablando de los señores Benedicto Obiang Mangue (PND) y Tomas Mba Monabang (UNDGE)


<!--[if !supportLists]-->C)     <!--[endif]-->Después de esa arbitrariedad llevada a cabo por la Junta Electoral Nacional (JEN), integrada con el 90% por los representantes del PDGE, el partido C.I. convocó una rueda de prensa para informar a la opinión pública nacional e internacional de la postura que había adoptado tras excluir injustamente a su candidato a las elecciones, finalizada la rueda de prensa en Malabo, el Secretario General del partido de aquel entonces, D. Carmelo Ngomo Abeso Angue, fue enviado a la ciudad de Bata (Región Continental), para informar a los militantes de dicho lugar la decisión tomada por el partido, una vez en el aeropuerto de la ciudad de Bata, los militantes y miembros directivos que acudieron a recibir a su Secretario General, fueron detenidos en su mayoría más de 150 personas, llevadas a la Comisaria Central de policía y vilmente torturadas hasta una mujer de nombre Anastasia Bindang, perdió su feto en un embarazo de 6 meses, por esa tortura, cuando la Sede Nacional del partido en Pérez, era asaltada a tiros por las fuerzas de Seguridad del Estado, sin ningún mandamiento judicial, en cuyo asalto muchos militantes sufrieron impactos de balas, se trata de Vicente Nolasco Mba Ndong y Jesús Ramón Nsue Esono, mucha intoxicación por los gases lacrimógenos incapacitantes, y la Sede Nacional fue asediada durante 15 días. El levantamiento de dicho asedio militar a la Sede Nacional y la liberación de los más de 300 personas detenidas y torturadas entre la ciudad de Malabo y Bata, fue gracias a la Intervención del Departamento de Estado del Gobierno de los EE.UU. y el Gobierno español de Mariano Rajoy. A los militantes del partido C.I. en Malabo y Bata se les llevaron más de 30 vehículos que no se devolvieron hasta la fecha.


Tercero: Tras estos hechos antes relatados, el partido PDGE no satisfecho con todo el maltrato relatado, acudió a su sistema judicial político para denunciar al Líder Nacional D. Gabriel Nsé Obiang Obono, de haber injuriado al Secretario General de dicho partido, luego cambiaron que injurió al partido PDGE, objetivo de la acusación, imponer que la justicia política le inhabilitara en el ejercicio de la actividad política para imponer otro nuevo líder al frente del partido como lo han hecho con todos los partidos políticos en el país, jurídicamente siendo cierta o no la supuesta injuria, al ser la injuria un delito menor perteneciente a la esfera privada, su pena máxima no supera los 6 meses de privación de libertad y con una multa que no supera los 200 mil Francos Cefas, y el delito no lleva aparejada de otra pena accesoria en el código penal, pero como la intención del PDGE era impedir como sea al Líder de C.I. hacer política en el país, pues el sistema judicial atendiendo a los imperativos políticos de dicho partido gubernamental PDGE, pisoteó la legalidad establecida en el código penal artículos 457, 458 y 459, sin haber probado tan siquiera el delito, ya que no permitieron a los testigos de C.I. declarar solo a los del PDGE, el tribunal político (Audiencia Provincial de Bioko Norte), impuso al Líder Nacional de C.I. D. Gabriel Nsé Obiang Obono, la pena de arresto mayor de 6 meses y con una multa de 25.000.000 de Francos Cefas, no prevista en el código penal para tal caso, solo las 50 mil de las antiguas pesetas que son unos 200 mil Francos Cefas. Se intentó recurrir la sentencia política ante la Corte Suprema de Justicia, y antes de ver el Presidente de ese  máximo órgano judicial, Juan Carlos Ondo Angue dicho caso en una audiencia, ya decía públicamente en los actos de su partido PDGE que, lo más grande que su poder judicial había hecho en dicho año judicial de 2016, había sido la inhabilitación  de un líder político, lo dice sin juicio, mientras guardaba la sentencia para publicarla una vez que se hayan convocado las elecciones Municipales y legislativas del año 2017, y así lo hicieron, en lugar de que la Corte Suprema de Justicia fuera el órgano jurisdiccional que notificara la sentencia a D. Gabriel Nsé Obiang Obono y su abogado, fue la Junta Electoral Nacional quien ya tenía la sentencia diciendo al líder opositor que no podía postularse para ser Diputado en dichas elecciones, diciéndole que no podía hacer campaña electoral con su partido, hasta el extremo de que el Ministro de Interior ordenara a los Delegados del Gobierno que vayan quitando sus fotografías en los coches de su comitiva electoral, un aspecto inventado, el cual, no estaba escrito tan siquiera en su sentencia política, es este hecho que creyó el incidente de la ciudad de Aconibe entre los militantes y los policías por impedir al partido no hacer campaña en dicha ciudad por llevar la foto de su Líder fundador y tras ocupar ilegalmente en beneficio del PDGE el lugar asignado al partido político C.I. llevar a cabo su mitin, violando nuevamente todas las disposiciones de la ley electoral y la ley de reunión y manifestación, hechos llevados a cabo por el PDGE y su Gobierno, que la ley electoral castiga penalmente. 


Cuarto: En los incidentes de la Ciudad de Aconibe, se ha de informar a la opinión pública que, según consta en un vídeo las declaraciones de un joven del PDGE, él aseguró que, dos meses antes de tener lugar las elecciones legislativas y municipales, llegó a la ciudad de Aconibe la Primera Dama de Guinea Ecuatorial, alentando a las autoridades de Aconibe crear como sea incidentes al partido C.I. durante su mitin electoral en dicha localidad y quienes lo harían recibirán su recompensa y así se hizo, promocionando al comisario de policía que perpetró dichos incidentes al cargo de Director General de lucha contra el terrorismo y la delincuencia. Tras los incidentes de Aconibe nadie fue detenido en el acto, pero sí el partido C.I. fue prohibido por el Gobierno y su partido PDGE realizar la campaña electoral en Aconibe.


Quinto: Terminada la campaña electoral, el 12 de noviembre tuvieron lugar las votaciones, el Gobierno continuó maltratando al partido C.I. especialmente como sigue:


<!--[if !supportLists]-->a)      <!--[endif]-->Le hizo entrega de una cartografía electoral falsa, muchos números de las mesas electorales del plano, no coincidían con la numeración de las mesas electorales en el terreno


<!--[if !supportLists]-->b)      <!--[endif]-->Había mesas electorales que no figuraban en la cartografía entregada al partido C.I.


<!--[if !supportLists]-->c)      <!--[endif]-->Los presidentes de Mesas y los militares impedían a los interventores de C.I. ocupar las mesas electorales para vigilar la votación, algunos interventores de C.I. fueron expulsados de sus mesas  a punta de cañón de Fusiles kalashnikov y de pistolas.


<!--[if !supportLists]-->d)      <!--[endif]-->En muchas mesas de la periferia del país no colocaban las papeletas de C.I. y esto también sucedía en las grandes ciudades en las que colocaban muy tarde ya con un poco de miedo por la presencia del cuerpo diplomático.


<!--[if !supportLists]-->e)      <!--[endif]-->Hubo voto público, voto múltiple, etc., hechos llevados a cabo por los miembros del PDGE violando públicamente la ley electoral.


<!--[if !supportLists]-->f)       <!--[endif]-->En el recuento del escrutinio, el miembro del PDGE es el que recibe las papeletas electorales en las juntas electorales distritales, situando los votos de su partido PDGE a su antojo y adjudicando a los que quiere a la oposición C.I. y la coalición juntos podemos.


<!--[if !supportLists]-->g)      <!--[endif]-->El mismo Presidente de la Republica después de hacer el ejercicio de su derecho al Voto y una vez ante las cámaras de televisión nacional e internacional, en lugar de animar a la población para que desarrollara las votaciones sin incidentes, sorprendentemente,  lo que hizo fue instruir públicamente a los fiscales, jueces y magistrados incoar con urgencia expediente contra C.I. para ilegalizarlo en lo más pronto posible, bajo el falso pretexto de que, quería asumir el poder mediante la fuerza y violencia, cuando el proceso de las votaciones se estaba desarrollando en un ambiente de normalidad aparente, mientras que el mismo partido gubernamental (PDGE) y su gobierno, son los que crearon un clima de terror e intimidación, por amenazar a los interventores de la oposición (C.I.), así como, infundir miedo a los votantes.


<!--[if !supportLists]-->h)      <!--[endif]-->Después de terminar las votaciones, tras todas las irregularidades antes presentadas, C.I. presentó un recurso de impugnación electoral a la Junta Electoral Nacional (JEN)  el cual fue admitido.


Sexto: Después de que terminaron de llevar a cabo el escrutinio general y dados los primeros resultados provisionales, en los que ya asignaban fraudulentamente un escaño a C.I., en la Cámara de Diputados y otro en el Ayuntamiento Central de Malabo, mientras esperábamos que, a través de la JEN, la Audiencia Provincial de Bioko Norte iba a resolver el recurso de impugnación electoral contra el escrutinio general, el día 15 de noviembre, recibía la Sede Nacional las noticias desde la Ciudad de Aconibe, que los militantes de C.I. ya estaban siendo detenidos y torturados brutalmente por el Comisario de la Policía, Conrado Jesús Obiang Meye (Omanito), este hecho, y sumado al del fraude electoral, obligaron al partido C.I., a convocar una manifestación para exigir la liberación de los detenidos que estaban siendo vil e inhumanamente torturados, manifestación que el Gobierno no autorizó. El día 25 de diciembre se escucha la noticia de que se ha frustrado un intento de Golpe de Estado contra el Presidente de la Republica cuyos elementos se localizaban en Kieosi Acombang - Camerún.


Séptimo: El Tribunal Constitucional proclama oficialmente los resultados de las elecciones reconociendo un escaño a C.I. en la cámara de Diputados y otro escaño de Concejal en el Ayuntamiento Central de Malabo, el 99% para el PDGE y sus partidos coaligados, no hay escaño para la coalición electoral Juntos Podemos (CPDS y UCD), pese a pender contra dicho proceso electoral un recurso contencioso electoral, interpuesto en tiempo y en forma por el partido político Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), siendo dicha proclamación de resultados electorales nula de pleno derecho, porque pendía un recurso de impugnación electoral que nunca se ha resuelto hasta la fecha.  


Octavo: El día 27 de diciembre 2017, después de las elecciones, sorprendentemente el periódico la Vanguardia de Cataluña (España) y la Televisión África Media, este último medio que es afín al PDGE y su Gobierno, publican  que el Líder Nacional de C.I. D. Gabriel Nsé Obiang Obono, ha querido perpetrar un Golpe de Estado al Gobierno en poder del PDGE y su Presidente, una información que sonó como chiste en un primer momento, el Líder de C.I. la tomó como una broma de mal gusto, como si se tratase del día de los santos inocentes, porque era inaudita y rocambolesca la noticia,  pero al día siguiente 28 del mismo, la Sede Nacional de C.I. y toda la manzana donde está situada, ya estaba  abarrotada con cerca de 2000 militares armados hasta los dientes y transcurrieron las siguientes escenas:


<!--[if !supportLists]-->a)      <!--[endif]-->El contingente militar estaba comandado por el entonces Teniente Coronel de la Policía, Juan Engonga Obama, quien se presentó para detener a los miembros ejecutivos de C.I. que estuvieron en la campaña electoral en Aconibe, presentando un papel cualquiera sin firma de una autoridad judicial, quien ordenó detener a todas las personas que encontró delante de la sede sin haber cometido delito alguno y, ordenando maltratarlas.


<!--[if !supportLists]-->b)      <!--[endif]-->Ante esa presencia militar acudieron a la sede muchos militantes del partido para saber lo que estaba pasando, los mandos de la policía ordenaron disparar contra ellos con gases lacrimógenos y municiones reales, alcanzando las balas a algunos jóvenes, procedieron a la detención de los militantes del partido por doquier a los que siguieron en toda la ciudad durante toda la noche, algunos de estos jóvenes (mujeres y hombres) tirándose al barranco del Rio Timbabé, muchos se salvaron por obra de Dios, se detuvieron más de 150 personas, todas militantes del partido C.I. las que fueron llevadas o conducidas a la Comisaria Central de Policía de Malabo (Guantánamo), el trato que les dieron fue inhumano, torturas crueles, con fracturas de manos, lesiones muy graves en los glúteos, obligándoles a aceptar que su líder D. Gabriel Nsé Obiang Obono había querido dar golpe de Estado, y pese a esa tortura a muerte (el infierno en tierra), según palabras textuales del mismo Ministro de la Seguridad Nacional, Nicolás Obama Nchama, quien daba órdenes directamente al personal de la policía que realizaba dichas torturas, nadie aceptó decir esta falsedad de que el partido y su líder quisieron dar dicho golpe de Estado contra el Presidente Obiang Nguema, con esas torturas murió en Malabo el militante Santiago Ebee Elá y en Evinayong murió, Juan Obama Edú, entre los detenidos, había cargos electos. Mientras en la Comisaría de policía de la ciudad de Bata, también se llenaba de militantes del partido, motivo C.I. ha querido dar golpe de Estado. La Sede Nacional estaba asediada a cal y canto amenazada con ser asaltada para aniquilar al líder Nacional D, Gabriel Nsé Obiang Obono, con todos los ejecutivos que se encontraban en la Sede nacional en el día 28/12/2017, dicho asedio se había levantado también, gracias a la intervención de la comunidad internacional por comprobar la falsedad de acusación del golpe de Estado contra el Líder Nacional de C.I. y el mismo partido,  la situación de asedio duró 11 días sin que la gente pudiera tomar agua ni comer alimentos, no hay motivos que justifican estas atrocidad y crímenes de agresión del Gobierno y su partido PDGE, sólo porque C.I. incomoda al PDGE, por haber presentado impugnación electoral contra el escrutinio general, de ahí la falsa imputación a C.I. y su Líder Nacional del golpe de Estado, golpe de Estado tramado y perpetrado por el mismo PDGE, cuyas pruebas obran jurídicamente en la sentencia del macro juicio de Bata y en su propia resolución número 29 de fecha 2 de diciembre 2018.


Noveno: Durante estos ambientes de detenciones, torturas crueles, cárcel y muertes de los  militantes de C.I., el Gobierno decide conformar el Parlamento y los Ayuntamientos, y lo hace sin contar con los cargos electos de C.I. para al menos dar algo de olor de pluralismo político en las instituciones, Parlamento y Ayuntamiento de Malabo, pese a pender el recurso de impugnación electoral contra dichos resultados.


Decimo: Todos los detenidos de C.I. fueron trasladados a la parte continental en un barco dentro de un contendor chorreando de sangre y oliendo a putrefacción por las tremendas heridas de torturas, hombres y mujeres, gran parte de ellos, jóvenes (mujeres y hombres), hasta llevarles a la prisión de Evinayong, tanto los de Bata, Aconibe y los de Malabo más de  200 personas.


Décimo primero: El PDGE y su Gobierno ordenan juicio rápido contra los inocentes de C.I., lleva la misión la fiscalía General de la Republica, el entonces Fiscal General adjunto Anatolio Nsang Nguema, quien se empeñó en tomar declaraciones a los militantes del partido C.I., según sus propios testimonios, a los que posteriormente  fue a juzgar en el macro juicio de Mongomo.


Décimo segundo - juicio: El juicio fue puramente político, la Fiscalía General de la Republica, defensora de la ley desde la imparcialidad, se dedicó a hacer campaña contra el partido político C.I. en la Televisión Guinea Ecuatorial y la Televisión Asonga, anunciando su ilegalización con acusaciones graves e inventadas por ellos que a la fecha de hoy no pueden sostener, pese a esa campaña política de la fiscalía, el Juez de la demarcación Judicial de Aconibe que finalmente instruyó el sumario, no imputó en el sumario al partido político Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial (C.I.), en su condición de persona jurídica para que fuera juzgado y, hacer posible, condenado, por eso,  en los fundamentos jurídicos del Auto de Procesamiento del sumario, en el Considerando Tercero de los Fundamentos Jurídicos, dijo que: “De conformidad a lo dispuesto en el artículo 17 de la ley núm. 4/2015 de fecha 28 de mayo sobre partidos políticos en Guinea Ecuatorial, procede así mismo, y con carácter subsidiario que los dirigentes del partido político Ciudadanos por la Innovación de Guinea ecuatorial (C.I.), también aporten fianza suficiente en los mismos términos” Dejando que el partido no tenía que ser juzgado, ya que dice así dicho artículo 17:


“Si como consecuencia de las actividades políticas de un partido político, en uso del ejercicio de los derechos reconocidos en esta Ley y en el ordenamiento jurídico general, se causaran pérdidas de vidas humanas, lesiones a las personas o daños materiales en los bienes muebles e inmuebles de cualquier clase, las responsabilidades tanto penal como civil de los hechos, se imputarán en primer término a los responsables directos y, subsidiariamente, a los directivos del partido”.


Esto es lo que pidió el juez conforme a la ley, la fiscalía en cumplimiento de las consignas del PDGE dijo que le competía disolver a los partidos políticos, e impuso disolver al partido político C.I. sin haber sido imputado ni juzgado, y así consta en la sentencia política, en contra de toda legalidad. Condenando a los militantes a 42 años de prisión injusta, en el mes de marzo del año 2018, dejando en libertad sin cargos a los militares que sí violaron la ley electoral y la ley de reunión y manifestación, y todos recibieron asensos a los cargos políticos en la fiscalía y en la policía.


Décimo tercero- Amnistía e Indulto: Tras esta sentencia política injusta, las condenas de la comunidad internacional no hicieron esperar, por tanto llovieron, el líder Nacional de C.I. denunció  la situación de abuso de poder y de violaciones de derechos humanos que sufría el partido C.I. y sus militantes ante el Representante del Secretario General de la ONU en África Central, con residencia en Libreville Gabón, presentándole que, para poner fin a estos hechos, que hicieran posible de que haya una reunión urgente entre el Gobierno y todos los partidos políticos ante los representantes de la comunidad internacional ONU, UE, UA, etc.; la propuesta fue aceptada y se trabajó el tema de esa reunión por mandato de la ONU, la cual se denominó sexta Mesa de Diálogo político Nacional,  en la que tenían que entrar todos los partidos políticos legalizados o no, previo decreto de amnistía Total, dicha propuesta se llevó a cabo, el Presidente de la Republica sancionó el Decreto de Amnistía Total núm. 108/2018 de fecha 4 de julio , y otro por el que convocaba la VI Mesa del dialogo, el artículo Primero de dicho decreto de Amnistía Total, hasta aquí en vigor dice lo siguiente:


“Se otorga la Amnistía Total  a todos los ciudadanos condenados por los tribunales de justicia de Guinea Ecuatorial, por delitos políticos en el ejercicio de sus actividades, estén o no cumpliendo las penas correspondientes, y a quienes estuviesen en curso en un proceso de incoación del expediente que constituyese un obstáculo para el ejercicio de las actividades políticas”                                      


Con este artículo los militantes de C.I. quedaban en libertad y el mismo partido político quedaba restaurado por que la amnistía anula o borra la sentencia a todos los efectos conforme determina el artículo 112 del Código Penal Común de Guinea Ecuatorial.


Los barones del PDGE, enemigos a muerte de C.I. dijeron que el Decreto de Amnistía no se podía aplicar para que los militantes de C.I. no quedasen en libertad y el mismo partido restaurado. Para el PDGE, no hay ley, ni institución del Estado que oponga su voluntad política. Por eso, al convocar el Gobierno la sexta Mesa de Diálogo que fue a propuesta de C.I. ante la ONU, PDGE dijo que C.I. no podía estar presente en esa reunión alegando que el partido C.I. está disuelto sin tener en cuenta la vigencia del decreto de amnistía total recién sancionado, diciendo que los de C.I. no son presos políticos, con ese panorama dicho dialogo se acabó en un gran fracaso, cuyas actas no fueron firmadas, así consta ante los gobiernos y organizaciones de la comunidad internacional, a diferencia de la quinta Mesa de diálogo cuyas actas fueron firmadas.


Ante ese abuso de poder del PDGE de vetar la libertad en prisión de los militantes y directivos de C.I., situación que hizo enfadar a un más a la comunidad internacional, el Gobierno en su intento de lavar su cara, volvió a dictar otro decreto esta vez de indulto para poner en libertad a los de C.I. cuyo artículo segundo dejaba en libertad a los militantes de C.I. y también garantizaba jurídicamente la restauración del partido  C.I. al recoger lo siguiente:


“ En virtud de los dispuesto en el artículo anterior, la responsabilidad criminal derivada de los actos por los que fueron condenados se declara provisionalmente extinguida; y, en su consecuencia, se acuerda el alzamiento de cualquier medida de privación o de restricción de derechos a la que estuvieren sujetos por razón de cumplimiento de las respectivas condenas.”


El PDGE, tras la evidencia vuelve a maniobrar ordenando al ministerio de justicia poner en Libertad a las personas físicas de C.I. que estaban en la cárcel en la sentencia que anulaba el decreto de indulto, mientras mantiene que C.I. no puede restaurarse exhibiendo la misma sentencia ya extinguida por los dos decretos de Amnistía Total y el de Indulto ambos en vigor.


Decimo cuarto – juicio a los militantes del PDGE por el fallido intento de Golpe de Estado que atribuyó a C.I.: En el año 2019, el poder judicial celebró dos juicios, uno a puertas abiertas y otro a puertas cerradas, contra los militantes del PDGE tras reconocer el mismo PDGE mediante resolución número 29 que sus militantes quisieron derrocar al Presidente de la Republica y fundador de su partido, en clara violación del artículo 24 inciso (i) de la Ley Número 4/2015, de fecha 28 de mayo de partidos políticos de Guinea Ecuatorial que dice textualmente:


“Son causas de extinción o disolución de un partido político entre otras: “Atentar contra la Seguridad del Estado, integridad territorial, unidad nacional, soberanía, forma republicana del Estado, orden político, social y la  paz”.


Con este fundamento legal cuyo tenor tiene o tenía que aplicar la Fiscalía y los tribunales de justicia para proceder a la disolución del partido democrático de Guinea Ecuatorial (PDGE), pero, como el PDGE está por encima de los tribunales de justicia donde los fiscales y jueces son militantes del PDGE, en clara violación del artículo 11 inciso 2 de la Ley de partidos políticos en vigor, como lo prueba la misma resolución del PDGE expulsando a los dos magistrados que militaban en dicho partido, y es el que los nombra, por eso, la ley no se pudo recordar para aplicarla al PDGE. Esta es la Guinea Ecuatorial del estado de derecho, la independencia judicial, de la seguridad jurídica que lucha contra las arbitrariedades, ante las pruebas evidentes de la implicación de los militantes del PDGE en el fallido golpe de Estado, en un principio atribuido falsa y criminalmente a C.I. y a su Líder Nacional D. Gabriel Nsé Obiang Obono, el Fiscal General ya no compareció ante los medios de comunicación del país, para dar sus habituales declaraciones para la disolución del partido gubernamental implicado en el golpe de Estado, como  las hizo por el caso de C.I. en Aconibe y en el macro juicio de Mongomo, por hechos banales provocados por el mismo PDGE, Gobierno y la policía al impedir ilícitamente la campaña electoral de C.I. en la ciudad de Aconibe, menoscabando la ley electoral y la ley de reunión y manifestación en vigor.


Décimo quinto- impedimento del PDGE C.I. a no tomar sus escaños en la Cámara Baja y en el Ayuntamiento de Malabo como violación de la Constitución: El Presidente de la Republica ante la asamblea general de la ONU en el mes de septiembre del año 2018, reconoció ante los medios de comunicación que en su país existen 18 partidos políticos legalizados incluido C.I., en muchas de sus declaraciones gubernamentales también, durante el EPU (Examen periódico Universal) de la ONU a Guinea Ecuatorial en Ginebra Suiza, los Gobiernos de la comunidad internacional exigieron al de Guinea Ecuatorial permitir que los cargos electos de C.I. tomasen sus escaños, el PDGE, en su afán dictatorial, antidemocrático y dueño absoluto de todas las instituciones del Estado, sigue vetando que C.I. no puede ocupar sus escaños en las instituciones en la Cámara Baja (parlamento Nacional) y en el ayuntamiento de Malabo, en clara violación del artículo 2 de la Ley Fundamental o constitución de Guinea Ecuatorial que dice lo siguiente:


“La soberanía pertenece al pueblo, el cual la ejerce a través del sufragio universal. De ella emanan los poderes públicos que se ejercen en las condiciones que esta Ley Fundamental y otras leyes determinan. Ninguna fracción del pueblo (partido político) o individuo puede atribuirse el ejercicio de la soberanía nacional.”


Este artículo viene hacer reforzado con el derecho internacional, como sigue:    


DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS, articulo 21: “


“1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos. 2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país. 3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto”.                


PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLITICOS, articulo 25:


“Todos los ciudadanos gozarán, sin ninguna de las distinciones mencionadas en el artículo 2, y sin restricciones indebidas, de los siguientes derechos y oportunidades:


a) Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos; b) Votar y ser elegidos en elecciones periódicas, auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores; c) Tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país.    


El artículo 8 de la Ley Fundamental de Guinea Ecuatorial, asume este tenor del derecho internacional, al asegurar que:


“El Estado ecuatoguineano acata los principios del Derecho Internacional y ratifica su adhesión a los derechos y obligaciones que emana de las cartas de las Organizaciones y Organismos Internacionales a los que se ha adherido”


Décimo sexto- Deuda económica: el Gobierno por influencia del PDGE debe al partido C.I. más de 200 millones de Francos Cefas.  


Todo lo dicho demuestra la realidad de todos estos  execrables maltratos de todo tipo, entre estos: violaciones de los derechos humanos, los derechos civiles y políticos, muertes, de los que el partido Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial es objeto, planificado, urdido y ejecutado por el partido gubernamental  de Guinea Ecuatorial (PDGE), en clara demostración de abuso de poder, impunidad y dictadura oprobiosa.


C.I. da por agotada la paciencia y espera encontrar la justicia, por tanto, presenta a todas las instituciones del Estado que, si estos hechos no se arreglan conforme a todos los postulados de derechos que hemos presentado ampliamente en esta denuncia, el gobierno tome la determinación de restaurar al partido C.I. y permitir que sus cargos electos ocupen sus escaños en las instituciones, decisiones que esperamos se produzcan antes del inicio del segundo periodo de sesiones correspondiente a este año, entre este mes de julio y el de agosto. Si C.I. no recibe estas noticias en derecho, recurrirá a la movilización nacional para que los votantes del 12 de noviembre 2017 que votaron a C.I. salgan a las calles del país, para exigir el respeto a la constitución y a las demás leyes del ordenamiento jurídico nacional, la liberación de todos los presos políticos que se encuentran en las cárceles del país, denunciar los múltiples asesinatos de los guineo ecuatorianos, la legalización y restauración de todos los partidos políticos, el retorno en libertad de los refugiados y que se convoque de inmediato una transición política inclusive hacia la democracia real en Guinea Ecuatorial.


Este documento se traducirá en dos idiomas el inglés y el francés, cuyas traducciones también serán publicadas en esta página web


Malabo, 15 de julio de 2020,


POR LA LIBERTAD, JUSTICIA Y DEMOCRACIA


EL PARTIDO POLITICO CIUDADANOS POR LA


INNOVACION DE GUINEA ECUATORIAL




Esta denuncia se ha publicado también en Ingles y en Francés, para mayor compresion y difusión  


                                    


 


 


 


 




por abamodjo, Miércoles, 15 Julio 2020 14:21, Comentarios(0)
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