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NOTA DE PRENSA ACERCA DE LA SITUACIÓN ACTUAL DE D. GABRIEL NSE OBIANG Y TODOS LOS MIEMBROS DETENIDOS DE ESTE PARTIDO POR EL RÉGIMEN DICTATORIAL DE GUINEA ECUATORIAL.

NOTA DE PRENSA ACERCA DE LA SITUACIÓN ACTUAL DE D. GABRIEL NSE OBIANG Y TODOS LOS MIEMBROS DETENIDOS DE ESTE PARTIDO POR EL RÉGIMEN DICTATORIAL DE GUINEA ECUATORIAL.


Ciudadanos por la Innovación de Guinea Ecuatorial viene a informar tanto a la comunidad internacional como a los pueblos de la nación de Guinea Ecuatorial la actual situación del líder de este partido político y los demás miembros detenidos el pasado día 29/09/2022.


Se hace saber a todos los arriba mencionados que el líder de esta formación política y un sin número de militantes de este partido se encuentran actualmente encarcelados en Black Beach en unas condiciones infrahumanas, se hace especial hincapié en la terrible situación que está viviendo D. Gabriel Nsé Obiang Obono, ya que se encuentra en una celda vigilada por cámaras las 24 horas del día y prácticamente desnudo. Según hemos podido saber actualmente el líder de C.I. ha perdido la sensibilidad en las manos debido a que, estuvo esposado durante 5 días consecutivos, su estado de salud empeora cada día ya que no se le permite recibir medicamentos ni comida ni mucho menos salir al patio como a los demás reclusos. Muchos de los detenidos presentan lesiones y heridas que necesitan ser tratadas por un médico cualificado pero el régimen no les está permitiendo acceder a un derecho tan básico.


Todos los hechos mencionados anteriormente chocan frontalmente con las normas internacionales de derechos humanos para instituciones penitenciarias, en esta posición se están violando deliberadamente los siguientes principios:


I) Derecho a la integridad física y moral:


Toda persona sometida a cualquier forma de detención o prisión será tratada humanamente y con el debido respeto a la dignidad inherente al ser humano. Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. No hay excepciones. Se entenderá por tortura todo acto por el cual se inflige intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, salvo que sean inherentes o incidentales a sanciones legítimas. Se definirán como malos tratos otros actos que constituyan tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y que no lleguen a ser tortura. Todo acto de tortura cometido como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque se considerará crimen de lesa humanidad.


II) Derecho a un nivel de vida adecuado:


Toda persona privada de la libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano. Toda persona privada de su libertad tendrá derecho a un nivel de vida adecuado, lo que abarca la alimentación, el agua potable, el alojamiento, el vestido y la ropa de cama.


III) Derechos de los reclusos en materia de salud:


Toda persona tiene derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental. Es requisito básico que toda persona detenida o presa sea sometida a un examen médico con la menor dilación posible después de su ingreso en el lugar de detención o prisión. Cualquier tratamiento médico necesario se ofrecerá en forma gratuita.


IV) Contacto de los reclusos con el mundo exterior:


Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia. Todos los reclusos tendrán el derecho a comunicarse con el mundo exterior, especialmente con sus familias. Se permitirá a los reclusos de nacionalidad extranjera comunicarse con sus representantes diplomáticos. La petición de un recluso de estar en una cárcel situada cerca de su lugar de residencia habitual se cumplirá en la medida de lo posible. Los reclusos deberán ser informados de los acontecimientos importantes.


V) Procedimientos de queja y de inspección:


Toda persona cuyos derechos y libertades hayan sido violados tiene derecho a un recurso efectivo, determinado por un tribunal competente. Todo recluso tendrá el derecho a presentar una queja respecto del trato que se le haya dispensado y, a menos que la denuncia carezca evidentemente de fundamento, a que se la investigue sin demora y, si así lo solicita, en forma confidencial. De ser necesario, la denuncia puede ser presentada en nombre del recluso por su representante legal o su familia.


Por tanto, se ruega a la Comunidad Internacional y al Consejo de las Naciones Unidas (ONU) enviar representación diplomática que pueda velar por la integridad física de todos los detenidos, y en particular por el Líder Nacional de C.I. debido a la trascendencia que tiene para este país, ya que el Estado de Guinea Ecuatorial en estos momentos está atentando contra su vida. El pueblo de Guinea Ecuatorial necesita saber cómo se encuentran las personas que todavía siguen detenidas ya que el Estado no está dando ninguna información acerca de este asunto.


¿Porqué motivo tienen al Líder Nacional de C.I. en un régimen de exclusión total, mientras los asesinos a sueldo del régimen, andan libres por las ciudades y pueblos, sembrando terror y pánico? Después de casi 2 semanas del Asalto a la sede de este partido político, el gobierno en funciones todavía no ha informado a las familias y a la nación en general la situación en la que se encuentran los detenidos, revelar los nombres de los que supuestamente liberó, tampoco se ha dado información de los fallecidos (nombres y causas de sus muertes) mucho menos informa de los detenidos después del asalto, nos consta también que han ido deteniendo a los militates despues del asalto enviándoles una citación trampa, también queremos saber de ellos. éstos y más hechos constituyen una clara violación a los Derechos Humanos y un pisoteo flagrante a la democracia.  


Valencia, 11 de octubre de 2022 


El Departamento de Comunicación


 




por abamodjo, Martes, 11 Octubre 2022 16:38, Comentarios(0)
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